El CGPJ aprueba el informe que rechaza la Ley de Residencia del Gobierno
El Gobierno de Pedro Sánchez deberá proseguir adelante con la tramitación del anteproyecto de ley por el derecho a la residencia con el informe contra el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). El Pleno del órgano de gobierno de los jueces ha aprobado el día de hoy, con quince votos a favor y seis en contra, el dictamen que -si bien no es vinculante para el Ejecutivo- cuestiona la constitucionalidad de la normativa por invadir competencias autonómicas y llega a calificarla de “farragosa” y también “incongruente”.
En líneas generales, el informe elaborado por los vocales José Antonio Ballestero y Enrique Lucas -una vez que el Consejo tumbase el redactado por el ex- miembro del Congreso de los Diputados socialista Álvaro Cuesta- estima que la normativa está imbuida “de un claro dirigismo de la actuación de las instituciones autonómicas y locales”, acredita “una incisiva vigilancia” de la Administración del empleo de la residencia por la parte de sus dueños y presenta, además de esto, un «problemático encaje en el orden constitucional de competencias».
No es la primera vez que el CGPJ, que lleva caducado 3 años, se opone a avances sociales para este país, mas tenemos un pacto de Gobierno con la Ley de Residencia y espero que pronto podamos mandarla íntegramente al Congreso. pic.twitter.com/U11URjTcej
— Ione Belarra (@ionebelarra) January veintiseis, dos mil veintidos
En verdad, el informe aprobado por el CGPJ -que se ha transformado en blanco de las críticas de Unidas Podemos– sostiene que la ley impulsada por el Partido Socialista Obrero Español y Unidas Podemos “supone una perturbación del comprensión de la propiedad privada de la vivienda” por su excesivo intervencionismo sobre las facultades de los dueños, una apuesta a que ve “inoportuna” en instantes de crisis económica como la presente puesto que, resalta, las facultades de predisposición de una residencia “a menudo forma el primordial activo de la familia”.
Para el órgano de gobierno de los jueces, “poco debe ver” la precisa ordenación del suelo (que compete al Estado) “con la propiedad privada y también individual de la residencia, donde frente al interés público prima el interés privado del propietario”, con lo que tacha de “incongruente” regular el contenido de las facultades del dueño sobre su residencia.
El dictamen del CGPJ echa en falta en el texto “una justificación suficiente” de la necesidad de las medidas que contempla, de sus “beneficios sociales” y de los posibles inconvenientes de su aplicación, y asimismo llama la atención sobre la inexistencia de un análisis comparativo del resultado de la aplicación de medidas afines en otros países, e inclusive en el nuestro, que han cosechado –apunta– “fracasos que resultan evidentes por conocidos”.
Y es que el análisis jurídico del Consejo aclara -invocando jurisprudencia del TC- que el derecho constitucional a una residencia digna no es un derecho esencial ni implica un derecho subjetivo a exactamente la misma, sino estamos frente a un “un principio rector” de carácter «económico y social» que debe inspirar la actuación de los poderes públicos.
Tras las duras críticas de Unidas Podemos al informe, sus autores asimismo recuerdan que “el alcance de la función consultiva del Consejo General del Poder Judicial no depende ni del interés ni de la voluntad del órgano que pide el informe, en un caso así, el Gobierno de la Nación, aspecto sobre el que carece de toda capacidad de predisposición, sino más bien de lo preparado en la Ley Orgánica del Poder Judicial”.
En opinión del CGPJ, el control del coste de los alquileres es contradictorio a lo que contempla alguna normativa autonómica, particularmente la ley catalana de dos mil veinte sobre medidas urgentes en materia de contención de rentas en los contratos de alquiler. Por eso advierta de que las competencias autonómicas en el momento de establecer el índice de alquileres y las zonas de mercado residencial tensionado “condicionarán decisivamente” la aplicación de Ley de Residencia que proyecta el Gobierno en sus líneas esenciales.
Otro de los aspectos del anteproyecto que censura el CGPJ es su vocación de perpetuar medidas de control adoptadas a lo largo de la pandemia una vez esta haya sido superada. Y es que conforme apunta el informe, el texto “introduce una serie de modificaciones de la normativa civil” sobre los alquileres “que recogen y generalizan, con vocación de ser indefinidas, las concretas soluciones con las que se trató de mitigar coyunturalmente las consecuencias de la pandemia” en el decreto de medidas urgentes en materia de residencia de alquiler de dos mil diecinueve, que fue declarado parcialmente inconstitucional por el TC en el mes de enero de dos mil veinte.
El CGPJ cree también que la futura Ley de Residencia debería incluir cláusulas de salvaguardia, “como establecer un periodo temporal de aplicación de las medidas restrictivas” (a imagen de lo que sucede, por servirnos de un ejemplo, en Francia) con el propósito de “evaluar su resultado y la incidencia que, tanto desde la perspectiva del mercado de alquiler residencial, como desde el punto de vista social y económico, pueda llegar a generar su adopción, tanto más cuanto que la carencia de estudios anteriores y la falta de información suficiente de la documentación del anteproyecto transforma el juicio de proporcionalidad en una conclusión puramente voluntarista”.