¿En qué países europeos prosigue siendo obligatorio el pasaporte covid?
Se aproximan las vacaciones veraniegas y bastantes personas están comenzando a planear sus viajes. Y en un instante como el presente, es esencial que tengamos presente de qué manera nos pueden afectar las medidas sanitarias contra la pandemia del coronavirus. Especialmente si charlamos del pasaporte covid. Si bien -en rigor- los españoles lo vamos a precisar sí o sí. Pues, aunque numerosos países no lo demandan para poder atravesar sus fronteras, se va a pedir en el momento de regresar a entrar en España.

El Parlamento Europeo aprobó a inicios del actual mes la prórroga de un año al pasaporte covid para viajar en las fronteras UE. La medida responde a una solicitud de la Comisión Europea, que pretendía eludir que la valía de tal documento expirase el mes próximo de julio, que es cuando cumpliría su primer año en vigor. Fundamentalmente, esta resolución limita el certificado covid como la única limitación que pueden imponer los Estados miembros a la libertad de movimiento de los ciudadanos europeos.
No obstante, ciertos países europeos han decidido quitar claramente la obligatoriedad de presentar el pasaporte covid como requisito para cruzar sus fronteras: Grecia, Polonia, Eslovaquia, Bulgaria, Luxemburgo, Estonia, Rumanía, Finlandia, Letonia, Suecia, Noruega, Islandia, Eslovenia, R. Unido, R. Checa, Suiza, Hungría, Lituania, Dinamarca e Irlanda. Y entre los países que sí que lo demandan, podemos hallar a Alemania, Austria, Bélgica, Chipre, Croacia, Francia, Italia, Malta, Países Bajos, Portugal y -como no- España.

Lo más recomendable para viajar por todo el territorio sin limitación es inocularse las 3 dosis de una vacuna aprobada a nivel europeo; con la condición de que hayan trascurrido cuando menos catorce días y no más de doscientos setenta días desde la última dosis de la pauta de primovacunación o de que la persona haya recibido una dosis de refuerzo. Si contamos con este certificado de vacunación, absolutamente nadie va a poder ponernos inconvenientes. Si bien asimismo tenemos otras alternativas:
- Un resultado de una prueba diagnóstica PCR que sea negativo y que se haya logrado no más de setenta y dos horas ya antes del viaje
- Una prueba veloz de antígenos negativa que se haya logrado a no más de veinticuatro horas del viaje.
- Un certificado de restauración que indique que no han trascurrido más de ciento ochenta días desde la data del primer resultado positivo de la prueba diagnóstica.